Psicología pericial ante la violencia contra la mujer: qué es, y funciones

Un resumen de las tareas de la psicología pericial ante la violencia contra la mujer.

Psicología pericial ante la violencia contra la mujer

La labor del psicólogo forense varía en función del tribunal que haya solicitado la elaboración del informe en cuestión.

En esta ocasión vamos a conocer de cerca cómo se desarrolla uno de estos documentos cuando el solicitante es el juez de los juzgados de violencia contra la mujer. Descubriremos cuáles pueden ser las actuaciones más frecuentes del perito psicólogo dentro de este ámbito.

¿En qué consiste la psicología pericial ante la violencia contra la mujer?

Para hablar de la psicología pericial ante la violencia contra la mujer, primero debemos hacer una pequeña introducción acerca de la labor que realizan los psicólogos forenses, en general. Estos profesionales, también reconocidos como peritos psicólogos, son los encargados de elaborar un informe de experto en relación con un asunto judicial en el que, de una u otra manera, hay implicadas unas cuestiones psicológicas que hay que valorar.

Habitualmente es el propio juez el que solicita su ayuda y por lo tanto cada juzgado tiene un equipo de psicólogos adscrito al mismo para elaborar estos documentos. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá contratar también a un psicólogo privado para que elabore un informe de parte, si lo cree conveniente.

Es importante que quede claro que, ni en la psicología pericial ante la violencia contra la mujer, ni en el resto de tribunales, los informes realizados tienen un poder vinculante a la hora de tomar decisiones. Esa labor corresponde en exclusiva al juez, que será el que dicte sentencia según su criterio y sus conocimientos, si bien es cierto que, al no ser experto en cuestiones psicológicas, tendrá muy en cuenta el informe realizado por los psicólogos de su equipo.

Sabiendo esto, podemos ahora centrarnos en la casuística concreta que ofrecen los casos de psicología pericial ante la violencia contra la mujer. Por lo tanto, estaríamos hablando de los informes forenses realizados por los psicólogos para asesorar casos que se estén juzgando en los tribunales de violencia de género, es decir, los juzgados específicos de violencia contra la mujer.

Este tipo de juzgados, en España, se crearon a raíz de la promulgación de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Es ahí, por tanto, cuando entró en juego el concepto de psicología pericial ante la violencia contra la mujer, pues los jueces de estos nuevos tribunales necesitaban y necesitan del asesoramiento de los psicólogos forenses para poder tomar decisiones en determinados asuntos que requieren de su pericia.

Áreas de intervención en la psicología pericial ante la violencia contra la mujer

Cuando hablamos de las áreas de intervención en las que puede actuar la psicología pericial ante la violencia contra la mujer, debemos distinguir fundamentalmente entre dos terrenos bien definidos. El primero de ellos sería el de los informes periciales, algo que ya anticipábamos en la introducción de este artículo.

Dicho informe suele ser requerido por el juez encargado del proceso, pero también es posible que sea solicitado por el propio Ministerio Fiscal o bien por alguno de los abogados de las diferentes partes implicadas en juicio, bien del acusado de ejercer la violencia contra la mujer, o bien de la propia mujer, presunta víctima de dichas agresiones.

Pero es importante destacar que el trabajo de los juzgados de violencia contra la mujer implica una serie de actuaciones de ámbitos muy diferentes. Por ello, pueden solicitarse informes para procedimientos que entren dentro del terreno civil y otras que, por el contrario, pertenezcan a lo penal. En el caso de las periciales civiles, pueden ir orientadas a cuestiones relacionadas con la guarda y custodia de los menores, el régimen de visitas apropiado para los mismos, etc.

En cambio, las penales pueden dirigirse a la evaluación del estado mental de una de las personas implicadas en el juicio, a la estimación del riesgo que está corriendo la presunta víctima, al nivel de peligrosidad observado en el presunto agresor, e incluso a estimar las posibles secuelas o lesiones que hayan podido quedar en la denunciante de los hechos.

Pero además de los informes periciales, la psicología pericial ante la violencia contra la mujer también puede encargarse de cuestiones asistenciales hacia los implicados en el proceso judicial. En ese sentido, el juez puede solicitar al psicólogo forense que se encargue de cuestiones relativas a la contención, a la orientación o bien a la derivación de alguna de estas personas, ya sea la mujer, el supuesto agresor o bien los hijos de los mismos.

En el caso de los menores, también se puede solicitar una exploración psicológica. En todos estos supuestos, lo que el psicólogo realizará será un informe asistencial, no pericial. Es un trabajo diferente a los casos que veíamos al principio, pero todos ellos son tareas de la psicología pericial ante la violencia contra la mujer. Además, las intervenciones asistenciales pueden tener lugar en diversos momentos del proceso judicial, incluyendo los juicios rápidos, que son los que se realizan para el posible establecimiento de medidas cautelares.

Informes forenses de violencia contra la mujer en el área civil

Hay que tener en cuenta que cuando se habla de la realización de un informe forense dentro del contexto de la psicología pericial ante la violencia contra la mujer, en el área civil, el objeto de la misma, es decir, la petición que hace el juez, puede coincidir habitualmente con la que se hacen, por ejemplo, en los juzgados de lo familiar, sin necesidad de que exista una cuestión de violencia de por medio.

En ese sentido, se podrían solicitar informes para la valoración de la guarda y custodia así como el régimen de visitas de los niños, si los hubiera, ya sea para establecerlo, modificarlo, o suspenderlo. Para ello se tendrán que valorar las capacidades parentales de ambos progenitores. Llegado el momento, se podría estimar también la idoneidad de una privación de la patria potestad e incluso el acogimiento de los menores por parte de las instituciones del Estado.

Pero, como es lógico, al hablar de la psicología pericial ante la violencia contra la mujer, se han de tener una serie de consideraciones adicionales sobre estas cuestiones generales. Por ejemplo, la ley impide que los progenitores alcancen un acuerdo a través de un proceso de mediación. Igualmente y por razones obvias, una intervención conjunta de ambos padres es inviable.

Además, a nivel legal ni siquiera se podría plantear, pues lo más probable es que se hayan establecido medidas de alejamiento entre el agresor y la víctima. También suele ser frecuente recurrir a los puntos de encuentro familiar como zona segura para realizar las visitas a los menores, bajo el control de una institución del Estado. Igualmente, tampoco puede plantearse un régimen de guarda y custodia compartida.

No hay que olvidar en ningún momento que el perito psicólogo está realizando valoraciones acerca de una familia en la que presuntamente existe una historia de maltrato que afecta a la madre e incluso a los propios hijos. Por tanto, si las actuaciones han de ser siempre impecables, en este contexto es aún más importante, si cabe.

Informes forenses de violencia contra la mujer en el área penal

Pero los informes en el área civil no son los únicos a los que la psicología pericial ante la violencia contra la mujer se enfrenta. También pueden evaluarse casuísticas que pertenecen al área penal. Por lo tanto, el objeto de la pericial puede ser muy variado. El juez puede solicitar la ayuda del perito, por ejemplo, para evaluar el estado mental y/o emocional de la denunciante, del denunciado, de los menores o de todos ellos.

En el caso de la denunciante y de los menores, también se pueden estudiar los factores de vulnerabilidad que pueden estar dándose. Igualmente, se puede solicitar una valoración de la credibilidad del testimonio, si el juez lo cree pertinente. Otras cuestiones que pueden estudiarse son las posibles secuelas en la denunciante debido al presunto maltrato. Incluso se puede estimar el riesgo que está corriendo.

De los menores también se pueden solicitar otras pruebas, por ejemplo para valorar la posible existencia de maltrato tanto físico como psicológico hacia ellos, e incluso un posible abuso sexual. También se puede solicitar al psicólogo forense la valoración de una posible manipulación o alienación en los menores por parte de los progenitores.

Respecto al demandado, otras cuestiones de las que se puede ocupar la psicología pericial ante la violencia contra la mujer son las relativas a la valoración de sus capacidades cognitivas y volitivas y por tanto el grado de imputabilidad en caso de la comisión de un presunto delito. También se puede estimar la probabilidad de un consumo de sustancias que pudieran estar afectando a dichas capacidades.

Por supuesto, el juez también puede pedir un informe pericial de cara a conocer la peligrosidad del sujeto así como el riesgo de que cometa conductas violentas hacia la denunciante u otras personas.

Referencias bibliográficas:

  • Echeburúa, E., Fernández-Montalvo, J. del Corral, P. (2009). Predicciones de riesgo de homicidio y de violencia grave en las relaciones de pareja. Valencia: Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia.
  • Hirigoyen, M.F. (2005). Mujeres maltratadas, los mecanismos de violencia en la pareja. Paidos.
  • Labrador, F.J., Rincón, P.P. (2004). Mujeres víctimas de violencia de género. Editorial Pirámide.

Luis Martínez-Casasola (Madrid, 1988) se licenció en Psicología en la UAM y cuenta con un máster en Psicología Forense por la URJC y el COP de Madrid, así como con una especialización en recursos humanos. Tras varios años de experiencia en la redacción de contenidos web, ahora colabora como divulgador para medios especializados en el ámbito de la Psicología y la salud.

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