El Velo de la Ignorancia de John Rawls: qué es y qué propone esta idea

Un acercamiento a una de las bases del concepto de justicia de este filósofo de Estados Unidos.

El Velo de la Ignorancia de John Rawls: qué es y qué propone esta idea

En 1971 apareció A Theory of Justice, la que es considerada la obra principal del filósofo estadounidense John Rawls (1921-2002). En ella, el pensador respondía a las preguntas que ya había lanzado en su artículo de 1957 Justice as fairness (Justicia como equidad), donde se planteaba superar la doctrina utilitarista predominante en Occidente y, en especial, en el mundo anglosajón.

Es en el contexto teórico del concepto de justicia de Rawls donde debemos insertar su teoría del “velo de la ignorancia” que, como veremos, no es una idea original de él, puesto que otros filósofos anteriores, como Immanuel Kant (1724-1804) y David Hume (1711-1776) ya se adentraron en ella en el siglo XVIII. John Rawls recoge esta teoría y la acerca a su terreno.

En este artículo explicaremos brevemente en qué consiste el famoso “velo de la ignorancia” de John Rawls y cómo podemos enmarcarlo en su teoría de la justicia, tan importante para el proceso político del mundo actual.

¿Qué es el velo de la ignorancia de John Rawls?

Podemos definir esta idea como la situación de desconocimiento en que deben encontrarse los diferentes miembros de lo que Hawls llama la “posición original”, es decir, el estado en el que las partes escogerán una serie de principios en los que debe basarse la justicia. Este desconocimiento pasa por no saber cuáles serán los fines últimos de cada individuo que conforma esta “posición original”, lo que los hará decidir estos principios con la mayor imparcialidad posible.

Pero, definiciones aparte, para comprender con profundidad esta idea debemos retroceder un poco hasta la concepción que Hawls tenía de la justicia. De otro modo, nos será imposible entender qué quiere decir el filósofo al hablar de conceptos como el “velo de la ignorancia” o la “posición original”. Veámoslo.

La justicia y el contrato social

John Rawls nunca escondió en sus trabajos que tomaba directamente las ideas de los filósofos ilustrados (como los ya citados Kant y Hume) para diseñar su propia concepción de la justicia y del contrato social. En el prefacio de su obra A Theory of Justice Rawls afirma que lo que él pretende es llevar el concepto de contrato social del XVIII a un “estado más elevado de abstracción”.

Pero ¿qué es el contrato social? Tanto Kant como Rousseau, dos de los principales abanderados de este concepto, partían de la base de que el estadio primordial del ser humano era un “estado natural”, donde no existía ninguna ley explícita. El ser humano podía subsistir sin leyes porque era, al parecer de estos filósofos, “bueno por naturaleza”, y se regía exclusivamente por las leyes naturales.

Según Jean-Jacques Rousseau (1712-1778), este estado “natural” de no-posesión (y, por tanto, de no-conflicto) se perdió en el momento en que apareció la sociedad civil y, con ella, el abuso y el sometimiento de ciertas personas y élites. A partir de entonces, se hace absolutamente necesario un “contrato social”, es decir, un acuerdo entre los individuos, para poder convivir pacíficamente y en armonía.

La principal diferencia entre el contrato social de Rousseau y el de Rawls es que, mientras que el primero presume que el contrato es necesario para “acceder” a la sociedad, el segundo considera que este contrato debe realizarse previamente, es decir, antes de la configuración de dicha sociedad. Sólo así, según Rawls, se puede garantizar que las partes que tienen capacidad de decisión funcionen en base a los principios de la igualdad y la libertad.

Para que esto suceda, Rawls esgrime la necesidad de una “posición original”, o sea, una situación primigenia que se fundamente en la equidad y donde los miembros se pongan de acuerdo, de forma unánime, acerca de los principios que deberán regir la justicia. En otras palabras; la teoría de Rawls pone énfasis en que el mencionado contrato social sólo puede ser justo y realmente equitativo si se establece en una fase previa a la aparición de las desigualdades. Sólo así se puede garantizar una imparcialidad real de las partes.

La “posición original”

Así, John Rawls describe esta “posición original” como un estadio anterior necesario para configurar los principios que regirán la justicia social. Se trata de una cooperación que pone sus miras en un único fin: el bien común. Las sociedades, dice Rawls, han alcanzado un grado de desorden considerable, que conlleva inevitablemente una desigualdad terrible entre sus miembros. El origen de este caos es, según las teorías del filósofo, la inexistencia de esta “posición original” a la hora de establecer las bases de la justicia. Así, Rawls propone regresar a esta posición inicial para empezar desde 0 y construir de verdad una sociedad justa y equitativa.

Las principales críticas que ha recibido esta teoría son, por supuesto, las que la consideran algo utópico e irrealizable. Rawls es consciente de ello cuando describe la “posición original” como hipotética y no histórica. Hipotética, porque no se asegura qué han acordado las partes, sino qué podrían acordar. Y no histórica, porque obviamente es una situación que no se ha dado nunca y (añade Rawls) probablemente nunca se dé.

Deducimos de estas afirmaciones que Rawls era muy consciente de la imposibilidad de su teoría, lo que le hace moverse por un terreno absolutamente ideal y abstracto.

El velo de la ignorancia y la teoría de la justicia de Rawls

Una vez sentado todo esto sí que estamos en condiciones de explicar qué es y en qué consiste el “velo de la ignorancia” de Rawls. Era estrictamente necesario resumir brevemente su teoría de la justicia (y, sobre todo, su concepto de “posición original”) para poder comprenderlo adecuadamente.

Autores como Kant y Hume ya habían propuesto este concepto como condición sine qua non para establecer el contrato social. Si los miembros de la sociedad no ignoran en cierta manera sus condiciones futuras, caerán inevitablemente en intereses personales a la hora de contraer acuerdos. Es necesaria, pues, una ignorancia previa al contrato, para que este sea lo más imparcial posible y se oriente al bien común.

El nivel de ignorancia varía según los autores. Kant abogaba por que la información dada a las partes del acuerdo fuera la justa y necesaria, y Rawls sigue este camino en su teoría. Según el filósofo americano, cuanto más “tupido” sea el velo, mayor imparcialidad tendrán las decisiones que tomen las partes. En otras palabras; si las partes desconocen su lugar en la sociedad, así como otras cuestiones que Rawls describe como su suerte y distribución de talentos naturales, sus decisiones no se basarán en los intereses personales, que es precisamente lo que ha llevado al ser humano a vivir en una sociedad utilitarista, donde lo único que prima es el beneficio individual.

De esta forma, la teoría de la justicia de Rawls se contrapone con el llamado “principio de utilidad”, donde priman, efectivamente, los intereses personales. No es que el filósofo renuncie totalmente al beneficio individual, sino que propone un nuevo equilibrio entre la tradición liberal de Occidente (fundada en el individualismo) y la tradición comunitaria. Sólo así, según él, puede construirse una sociedad realmente justa y ecuánime.

  • Cabrera Armas, M.A. (2008). La “posición original” y el “velo de la ignorancia” en la teoría política de John Rawls, Revista Memoria Política, núm. 12
  • Osorio García, S.N. (2010), John Rawls: Una teoría de justicia social. Su pretensión de validez para una sociedad como la nuestra, Revista de relaciones internacionales, estrategia y seguridad, vol. 5
  • Rawls, J. (2012). Teoría de la justicia, Fondo de cultura económica.

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Sonia Ruz Comas. (2023, mayo 22). El Velo de la Ignorancia de John Rawls: qué es y qué propone esta idea. Portal Psicología y Mente. https://psicologiaymente.com/cultura/velo-de-ignorancia-de-john-rawls

Periodista

Licenciada en Humanidades y Periodismo por la Universitat Internacional de Catalunya y estudiante de especialización en Cultura e Historia Medieval. Autora de numerosos relatos cortos, artículos sobre historia y arte y de una novela histórica.

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